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Cuando Guantánamo entra en su 17º año de operaciones, los abogados golpean a Trump con una demanda en la que afirman que su negativa generalizada a liberar a nadie equivale a una detención arbitraria

15 de enero de 2018
Andy Worthington


El 11 de enero se cumplieron 16 años de la apertura de la prisión de Guantánamo, y mientras los activistas (entre los que me incluyo) se dirigían a la Casa Blanca para preparar la protesta anual contra la permanencia de la prisión -la primera bajo el mandato de Donald Trump- y, en mi caso, para lanzar la nueva campaña de carteles contando cuántos días lleva abierta Guantánamo e instando a Donald Trump a cerrarla, los abogados del Center for Constitutional Rights (CCR) y Reprieve lanzaban una nueva demanda en el National Press Club antes de unirse a los manifestantes.

La demanda se presentó en nombre de once presos y, como afirma el comunicado de prensa de CCR, "sostiene que la proclamación de Trump contra la liberación de cualquier persona de Guantánamo, independientemente de sus circunstancias, que se ha mantenido durante el primer año completo de la presidencia de Trump, es arbitraria e ilegal y equivale a una 'detención perpetua por el bien de la detención'".

El abogado principal del CCR, Pardiss Kebriaei, dijo: "Está claro que un hombre que piensa que debemos someter a los sospechosos de terrorismo al submatino incluso si no funciona, porque 'se lo merecen, de todos modos' no tiene reparos en mantener hasta el último detenido en Guantánamo, siempre y cuando él tenga la llave de la cárcel."

El comunicado de prensa de CCR también afirma: "La presentación argumenta que la detención continuada es inconstitucional porque cualquier razón legítima para detener inicialmente a estos hombres ha expirado hace mucho tiempo; La detención ahora, 16 años después de la operación de Guantánamo, se basa únicamente en la antipatía cruda de Trump hacia los presos de Guantánamo - todos los hombres musulmanes nacidos en el extranjero - y los musulmanes en general", añadiendo que "la proclamación de Donald Trump de que no liberará a ningún detenido durante su administración invierte el enfoque y las políticas tanto del presidente Bush como del presidente Obama, que liberaron colectivamente a casi 750 hombres".

Los once hombres son: Tawfiq al-Bihani (ISN 893) alias Tofiq o Toffiq al-Bihani, yemení cuya puesta en libertad fue aprobada por el Equipo de Trabajo de Revisión de Guantánamo de Obama en 2010, Abdul Latif Nasser (ISN 244) alias Abdu Latif Nasser, marroquí cuya puesta en libertad fue aprobada en 2016 por una Junta de Revisión Periódica, un proceso similar a la libertad condicional, y otros nueve cuyo encarcelamiento en curso fue confirmado por sus PRB: los yemeníes Zohair al-Sharabi alias Suhail Sharabi (ISN 569), Said Nashir (ISN 841), Sanad al-Kazimi (ISN 1453) y Sharqawi al-Hajj (ISN 1457), los paquistaníes Abdul Rabbani (ISN 1460) y Ahmed Rabbani (ISN 1461), el argelino Saeed Bakhouche (ISN 685), alias Said Bakush, erróneamente conocido como Abdul Razak o Abdul Razak Ali, Abdul Malik alias Abdul Malik Bajabu (ISN 10025), keniano, y uno de los últimos hombres que ingresaron en la prisión -inexplicablemente- en 2007, y Abu Zubaydah (ISN 10016), uno de los presos más conocidos de Guantánamo, palestino apátrida, para quien se concibió inicialmente el programa de tortura posterior al 11-S, bajo la creencia errónea de que era un miembro de alto rango de Al Qaeda.

Al solicitar una orden de habeas corpus, los abogados, entre los que se encuentran Pardiss Kebriaei, de CCR, y Shelby Sullivan-Bennis, de Reprieve, escriben sobre los 11 hombres: "Muchos están sufriendo las devastadoras consecuencias psicológicas y fisiológicas de la detención indefinida en un campo de prisioneros remoto donde han soportado condiciones concebidas para quebrar a los seres humanos, y donde el aura de eternidad pesa más que nunca". Dada la proclamación del presidente Donald Trump contra la liberación de cualquier peticionario - impulsada por la arrogancia ejecutiva y la animadversión cruda en lugar de por la razón o las preocupaciones de seguridad nacional deliberativas - estos peticionarios pueden nunca salir vivos de Guantánamo, en ausencia de intervención judicial."

Y añaden: "Los peticionarios han participado en litigios de hábeas corpus que este Tribunal y los tribunales superiores han considerado durante años, pero esta moción, presentada por los detenidos colectivamente, es diferente, como tiene que ser. Las dos administraciones presidenciales anteriores liberaron a un total de casi 750 hombres. Lo hicieron tomando decisiones caso por caso basadas en las circunstancias individuales de cada detenido de una manera que supuestamente estaba adaptada al interés del poder ejecutivo en la seguridad nacional".

Por el contrario, Donald Trump "ha declarado y está llevando a cabo su intención de mantener a todos los detenidos restantes en Guantánamo, independientemente de sus circunstancias individuales - presumiblemente incluso aquellos que el poder ejecutivo determinó previamente que ya no necesitaban ser detenidos. Esta política desafiante excede su autoridad en virtud de la Autorización para el Uso de la Fuerza Militar ('AUMF') de 2001, que permite la detención sólo con el estrecho propósito de impedir el regreso de los detenidos al campo de batalla." La AUMF, aprobada la semana siguiente a los atentados del 11-S, autorizaba al presidente a perseguir a quienes se considerara que habían participado en los atentados del 11-S, como parte de Al Qaeda o de los talibanes, y en el caso Hamdi v. Rumsfeld, en 2004, el Tribunal Supremo afirmó que justificaba el encarcelamiento hasta el fin de las hostilidades, una sentencia que, a lo largo de los años, he considerado que respaldaba la existencia de una versión paralela de los Convenios de Ginebra en Estados Unidos, aunque nunca se ha presentado una explicación viable de por qué los Convenios de Ginebra deberían necesitar una versión paralela sólo para Estados Unidos.

Los abogados señalan que, en lugar de ser justificable, la política de Trump es "una afirmación simbólica e indiferenciada de la expectativa de autoridad ejecutiva absoluta de este presidente y un rechazo del marco político que ha regido las detenciones en Guantánamo durante años", y añaden: "No menos importante, es una demostración de su antipatía hacia esta población reclusa, todos los hombres musulmanes nacidos en el extranjero, y hacia los musulmanes en general, del tipo que los tribunales han rechazado adecuadamente en los últimos meses" -a través de sentencias contra la prohibición de viajes musulmanes de Trump-.

Defendiendo la necesidad del hábeas corpus, los abogados señalan que el Corte Supremo ha sostenido sistemáticamente que la Cláusula del Debido Proceso de la Constitución "impone límites sustantivos a la detención no penal, independientemente de los hechos o procedimientos que puedan haber justificado una decisión inicial de detención años antes", y añaden: "Eso incluye la prohibición de la detención perpetua desconectada de cualquier propósito legítimo; y la detención grupal de cuatro u ocho años adicionales basada en el fíat y la animadversión del ejecutivo [bajo Trump, previendo un posible segundo mandato] es el tipo de acción ejecutiva arbitraria que el debido proceso está diseñado para comprobar."

También afirman, refiriéndose a los cinco hombres cuya puesta en libertad ha sido aprobada, que "la continuación de la detención es especialmente arbitraria en el caso de los peticionarios cuyo traslado ya ha sido autorizado por el poder ejecutivo y, por tanto, cuya detención carece de un propósito de buena fe".

Refiriéndose a la AUMF, que, en 2004, como se ha señalado anteriormente, el Corte Supremo en Hamdi contra Rumsfeld "sostuvo que puede autorizar la detención militar limitada", los abogados afirman que ahora debe aceptarse que la AUMF "ya no puede apoyar la detención" de los presos de Guantánamo. Explican que "con independencia de la autorización para la detención que pudiera haber existido en 2004, con la finalidad limitada de derecho de guerra de impedir el regreso del Sr. Hamdi al campo de batalla en el que supuestamente fue capturado tres años antes, Hamdi no autorizaba una detención perpetua, desconectada de cualquier finalidad legítima, del tipo que ahora soportan los peticionarios."

Añaden que, además, como predijeron los jueces de la mayoría en Hamdi, "la interpretación tradicional del derecho de la guerra que podría haber justificado la detención en 2004 se ha 'deshecho', ya que las 'circunstancias prácticas' del conflicto con Al Qaeda hace tiempo que dejaron de parecerse a cualquiera de los conflictos que informaron el desarrollo del derecho de la guerra".

Continúan diciendo: "El campo de batalla en cuestión en Hamdi, que estuvo activo en los meses posteriores al 11-S, no es hoy más que una ciénaga amorfa e interminable, de alcance global, que podría justificar el encarcelamiento de por vida de los Peticionarios si no se le pone coto. El Corte del caso Hamdi reconoció que la perspectiva de una detención perpetua sería ciertamente inquietante, pero dejó su legalidad para otro día; ese día es hoy."

Los abogados concluyen su argumentación con una referencia a Boumediene contra Bush, el caso de 2008 en el que el Corte Supremo concedió a los presos derechos de hábeas constitucionalmente garantizados. En ese caso, afirman los abogados, el tribunal reconoció que el habeas "se había desarrollado para impedir el encarcelamiento arbitrario por parte del ejecutivo y estaba garantizado constitucionalmente por la Cláusula de Suspensión para impedir los abusos cíclicos del poder ejecutivo."

Y añaden: "La aparente política del Presidente de detener por detener, impulsada por una animadversión religiosa, es ilegal. La obligación del tribunal de hábeas corpus es clara. Dado que las detenciones de los peticionarios violan la Constitución y la AUMF, sus peticiones de hábeas deben ser admitidas. Y, en caso de que el Presidente desee detener a los peticionarios, la Constitución le ofrece un procedimiento válido para hacerlo.

Ese proceso, afirman, es que el poder ejecutivo puede "entregarlo a las autoridades penales, cuya detención con fines de enjuiciamiento será legal, o bien debe ponerlo en libertad". La fuente, irónicamente, es el juez Antonin Scalia, disidente de la mayoría en Hamdi contra Rumsfeld.

No tengo ni idea de si esta demanda tendrá éxito en su objetivo, pero debería tenerlo, porque no solo la existencia continuada de Guantánamo es una abominación, sino que, muy concretamente, la negativa de Donald Trump a contemplar la liberación de nadie bajo ninguna circunstancia (excepto, al parecer, Ahmed al-Darbi, que aceptó un acuerdo de culpabilidad en su comisión militar de 2014 y será repatriado a Arabia Saudí para seguir encarcelado) está convirtiendo de hecho, como afirman los abogados, su Guantánamo en un lugar de detención arbitraria, y eso no tiene cabida en ningún país que pretenda respetar el Estado de Derecho y considerarse civilizado.


 

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